“Entonces, dada la importancia de la obligatoriedad que tiene el servicio social y sólo dentro del contexto de lo generado en la actualidad por la pandemia del COVID-19 que determinó el aislamiento social; sería válido que la Rectora dentro del marco de las disposiciones que regulan el asunto, según lo establecido en su PEI y amparada en una resolución rectoral, pudiere establecer de manera justificada y estructurada, variadas actividades pedagógicas que los alumnos puedan diseñar de manera escrita y sustentada; las cuales sea posible implementar como contribución al mejoramiento de la estadía de los estudiantes durante el modelo de alternancia, eso sí, toda vez que la puesta en marcha de dichas propuestas, no conduzca a ponerlos en riesgo”.
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